Auto Supremo AS/0554/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0554/2016

Fecha: 15-Jul-2016

Con base a lo expuesto, refiere que es aplicable al caso de autos el inc


Con base a lo expuesto, refiere que es aplicable al caso de autos el inc. 2) del art. 29 y 30 del Código Procesal Penal (CPP), haciendo constar que no existió causales de suspensión del cómputo del término de la prescripción; solicita también, que se tenga presente lo dispuesto por el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE), que dispone entre una de sus garantías la tutela judicial y el debido proceso, éste último que entre sus elementos contempla el derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, principio reconocido en la Ley del Órgano Judicial (Ley 025), que entre otros principios reitera la celeridad, art. 256 y 410 de la CPE, en cuya virtud solicita se aplique los arts. 8.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica y 9 de la CADH, Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; también hace referencia a lo dispuesto por las Sentencias Constitucionales 023/2007-R de 16 de enero, 104/2013 de 22 de enero, fallo de la Corte Interamericana de DD.HH. caso Tibi vs Ecuador- en el voto razonado del Juez Sergio García Ramírez, el cual consta en la Sentencia de 7 de septiembre de 2004, y finalmente el art. 34 del CPP, que establece que las reglas sobre la prescripción contenidas en Tratados y Convenios Internaciones, son de aplicación preferente