Auto Supremo AS/0815/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0815/2016

Fecha: 13-Jul-2016

Al margen de lo anterior, el actor debe tener en cuenta el antecedente referido como

Al margen de lo anterior, el actor debe tener en cuenta el antecedente referido como Doctrina aplicable al caso en la última parte del punto III.3., a fin de establecer de manera fehaciente el antecedente registral o en su caso de su inexistencia las certificaciones respectivas que evidencien la no existencia de aquel antecedente y las características del predio en cuestión y no un certificado negativo de propiedad del propio actor como el que cursa a fs. 1 de obrados