Auto Supremo AS/0837/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0837/2016

Fecha: 18-Jul-2016

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5.-Acusa como norma transgredida el art. 397 del CPC, debido a que no es conforme a la sana critica en su componente del pensamiento lógica y sus reglas, al afirmar que una cosa es y no es al mismo tiempo, y el principio de identidad señala que A es igual A y el principio de razón suficiente dice A tiene una explicación suficiente de porque es A, si el Tribunal de apelación concluye sobre la muerte de Ricardo A. Chacon Velásquez y la Sentencia recurrida dice que no se probó su muerte quiere decir que existió un agravio probado en la apelación, siendo contradictorio que el Tribunal de apelación al mismo tiempo digna que no se evidencia agravio alguno, infracción a la sana critica que debe ser corregido en casación, y si bien no es relevante es necesario tenerlo como probado