Auto Supremo AS/0902/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0902/2016

Fecha: 27-Jul-2016

III.1.- De la procedencia del Recurso de Casación en etapa de ejecución de Sentencia

III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:

III.1.- De la procedencia del Recurso de Casación en etapa de ejecución de Sentencia:
Sobre el particular, este Tribunal Supremo de Justicia, emitió una vasta jurisprudencia, donde se determinó que ante resoluciones dictadas en ejecución de sentencia únicamente procede el recurso de apelación en el efecto devolutivo, sin recurso ulterior, tal como lo dispone el art. 518 del Código de Procedimiento Civil (aplicable al caso de autos), por lo que se infirió que el recurso de casación no es procedente ante resoluciones dictadas en ejecución de sentencia; de esta manera, corresponde citar, entre otros, al Auto Supremo Nº 478/2014 de 28 de agosto de 2014, que sobre este tema razonó lo siguiente: “De lo señalado se verifica que el incidente planteado se formalizó en ejecución de sentencia, consecuentemente la apelación de fs. 825 a 834 vlta. planteada contra el merituado fallo estaba sujeto a lo dispuesto por el art. 518 del Código de Procedimiento Civil, quedando claramente establecido que toda apelación promovida contra resoluciones emitidas en ejecución de sentencia, debe ser concedida únicamente en el efecto devolutivo, sin que exista posibilidad de hacerlo en el suspensivo, consecuentemente un Auto de Vista que resuelve una apelación en ejecución de sentencia no es recurrible en casación conforme a la norma citada. Consecuentemente le correspondía al Ad quem negar su concesión