Auto Supremo AS/0916/2016-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0916/2016-RI

Fecha: 27-Jul-2016

II.1.- Respecto a la recurribilidad de la resolución impugnada


II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:

Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia plena de la Ley Nº 439 (Código Procesal Civil), en el marco del art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguiente:

II.1.- Respecto a la recurribilidad de la resolución impugnada:

II.1.1.- De los antecedentes que hacen a la presente causa, se evidencia que Mario Gómez Carbajal en el marco de los arts. 180 y 181 del Código de Procedimiento Civil, acudió ante el Juez de Instrucción Mixto y Cautelar de Saipina demandando intervención conciliatoria en contra de Manuel Caballero Carbajal, solicitando asimismo la intervención y citación de su hermano Antonio Baldelomar Carbajal, en cuya emergencia y una vez acordadas sus diferencias, en diligencia previa, suscribieron conjuntamente el referido Juez el acta de conciliación de fecha 14 de mayo de 2015 que cursa de fs. 16 a 19, la misma que se encuentra refrendada por la secretaria del Juzgado