Auto Supremo AS/0097/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0097/2016

Fecha: 10-Ago-2016

En el caso de autos las partes demandantes (Rodrigo Cristóbal Segura Diez y José


En el caso de autos las partes demandantes (Rodrigo Cristóbal Segura Diez y José Orlando Segura y el Frigorífico Libertad S.R.L.) han presentado una demanda ordinaria de nulidad de contrato y consiguientemente nulidad de títulos valores ante el Juez 1º de Partido de materia civil de la ciudad de Cochabamba, utilizado el criterio de competencia de elección, que no está prohibido por ley y más bien aceptado por el art. 13 de la Ley del Órgano Judicial, criterio de atribución de la competencia que debe ser mantenido conforme al art. 10 del Código de Procedimiento Civil (Abrogado), que como se ha indicado primero se tiene que seguir los criterios de competencia de territorio y de elección (Ley del Órgano judicial) y luego el criterio de la naturaleza del asunto (materia) del Código de Procedimiento Civil