CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución N° 001368
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 167 a 169, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, Director General del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), contra el Auto de Vista N° 058/2015 S.S.A.II, de 19 de mayo, cursante de fs. 162 a 164, pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del recurso de reclamación instaurado por Eustaquio Jacinto Choque contra el SENASIR, la respuesta de fs. 174 a 175, el Auto a fs. 176 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso, y;
CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución N° 001368 de 13 de diciembre de 2010 de fs. 82 a 85, dispuso la suspensión definitiva de la Renta única de Vejez otorgada a Eustaquio Jacinto Choque por incurrir en irregularidades al contar con dos partidas de nacimiento, asimismo determinar y recuperar lo indebidamente cobrado por Eustaquio Jacinto Choque
CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución N° 001368 de 13 de diciembre de 2010 de fs. 82 a 85, dispuso la suspensión definitiva de la Renta única de Vejez otorgada a Eustaquio Jacinto Choque por incurrir en irregularidades al contar con dos partidas de nacimiento, asimismo determinar y recuperar lo indebidamente cobrado por Eustaquio Jacinto Choque
- Auto Supremo Nº 271/2016
- Sucre, 23 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-LP.391/2015
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- CONSIDERANDO I: Que, la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución N° 001368
- Que, ante esta determinación el asegurado interpuso recurso de reclamación de fs
- Que, esta situación originó que el asegurado interponga recurso de apelación de fs
- Esta resolución originó que el representante del SENASIR, formule recurso de casación en el fondo
- Paralelamente y como segundo agravio, manifiesta que: existió un cobro indebido y que la autoridad
- Agrega que, la recuperación de cobros indebidos encuentra su fundamento legal en el art
- Concluyó solicitando al Tribunal Supremo de Justicia que case en parte el auto de vista
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos del recurso, se establece lo siguiente
- De la revisión del auto de vista recurrido del análisis y valoración de las pruebas
- Que, por otra parte a fs
- Tomando en cuenta lo supra mencionado, de la revisión de vista impugnada de casación, se
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- De otra parte, si bien el art
- Este tribunal advierte con frecuencia que los funcionarios del SENASIR desconocen el verdadero sentido y
- Por lo referido, se concluye que al no ser evidentes las infracciones denunciadas en el
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- Sin costas, en aplicación del art
- Regístrese, notifíquese, devuélvase
