Auto Supremo AS/0308/2016-I
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0308/2016-I

Fecha: 30-Ago-2016

Que, al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil, Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, desde el 6 de febrero de 2016; en su Disposición Abrogatoria Segunda, abroga el Código de Procedimiento Civil y, además en su Disposición Transitoria Sexta, dispone que; "Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite, en segunda instancia y en casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código"