Que, en
Que, en mérito del análisis precedente, aplicando lo establecido en el art. 277.l del nuevo Código Procesal Civil, corresponde en este estado del proceso, realizar el examen de admisibilidad, respecto al recurso de casación en el fondo interpuesto de fs. 60 a 62
- Auto Supremo N° 308/2016-I
- Sucre, 30 de agosto de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.357/2016
- Distrito: Santa Cruz de la Sierra
- Magistrado Relator: Dr. Fidel Marcos Tordoya Rivas
- CONSIDERANDO
- 1
- Que, en
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión y compulsa del expediente del recurso de
- Que, en el
- Que, de lo expuesto, se
- Por lo que, en
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa
- Se apercibe severamente al Tribunal de Alzada compuesto por los vocales signatarios del Auto de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
