Auto Supremo AS/0558/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0558/2016

Fecha: 01-Ago-2016

A lo señalado, se advierte que la recurrente fue declarada rebelde en varias ocasiones conforme


A lo señalado, se advierte que la recurrente fue declarada rebelde en varias ocasiones conforme a los siguientes datos: De acuerdo al acta de registro de audiencia, se establece que el 14 de septiembre de 2011 se declara rebelde a la imputada (fs. 46 a 45); posteriormente, mediante decreto de 24 de septiembre de 2011, se deja sin efecto lo resuelto en la audiencia de 14 de septiembre, al haberse apersonado la imputada y se señala nueva fecha de audiencia para el 7 de octubre del mismo año (fs. 51). Mediante acta de audiencia de 19 de marzo de 2013, ante la inasistencia y falta de justificación de la imputada, se dispone la aplicación de los arts. 87 y 89 del CPP; asimismo, se señala que debe tomarse en cuenta que la demora en el proceso es atribuible en su totalidad en obstaculización manifiesta a la imputada y su apoderado (fs. 285 a 286). Mediante auto interlocutorio de 19 de marzo de 2013, se declara rebelde a la imputada (fs. 286 a 287), el 26 de abril de 2013 la imputada purga ley e interpone apelación (fs. 294 a 295); y, el 24 de mayo de ese año, se emite auto interlocutorio de rebeldía en contra de la imputada (fs. 311 a 312)