Auto Supremo AS/0587/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2016-RA

Fecha: 03-Ago-2016

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos


c) Por diligencia de 30 de mayo de 2016 (fs. 153), la recurrente Anelyz Salazar Watanabe, fue notificada con el referido Auto de Vista y el 6 de junio del mismo año interpone el recurso de casación, que es objeto del presente análisis de admisibilidad.

II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN

De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos:

1) La recurrente hace referencia a datos de la Sentencia, como ser las pruebas del Ministerio Público, MP del 1 al 10, que todas fueron presentadas en fotocopias legalizadas y no así en originales; posteriormente, refiere las pruebas documentales de cargo del acusador particular Gobierno Autónomo de Pando de la 1 a la 5 ,de las cuales señala que se adjunta fotocopias de su cédula de identidad que es utilizada en las notas de débito y las firmas de todos los documentos no coinciden con las firmas de la cédula con la de los documentos; de la misma forma, hace referencia a la fundamentación de la Sentencia respecto del delito de Incumplimiento de Deberes y a la fundamentación de la pena; por otro lado, señala que se vulneró el art. 370 incs. 1), 3), 4), 5), 6) del Código de Procedimiento Penal (CPP), los cuales desarrolla el inciso 1) y refiere que existe errónea aplicación de la Ley sustantiva, porque la imputada no recibió los dineros que contemplan las notas de débito que no se descargaron, lo que demuestra la falta de acción por parte de la imputada; también, refiere que no existió la tipicidad o adecuación típica del hecho porque su comportamiento es atípico, por esos aspectos refiere que se vulneró el art. 370 inc. 1) del CPP, los arts. 116, 119 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE), debido a que el Tribunal de Sentencia demostró una parcialización con la parte acusadora y un desconocimiento del proceso realizando, una mala valoración de las pruebas vulnerando el derecho a la defensa presumiendo la culpabilidad de la imputada, actuando en contra del principio del in dubio pro reo. Con relación a la temática planteada, invoca como precedentes contradictorio el Auto Supremo 84 de 1 de marzo de 2006