Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 587/2016-RA
Sucre, 03 de agosto de 2016
Expediente: Pando 13/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Anelyz Salazar Watanabe
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs. 163 a 172, Anelyz Salazar Watanabe, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 18 de mayo de 2016 de fs. 150 a 152, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de la recurrente, por la presunta comisión de los delitos Incumplimiento de Deberes y Peculado, previstos y sancionados por los arts. 154 y 142 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 587/2016-RA
Sucre, 03 de agosto de 2016
Expediente: Pando 13/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Anelyz Salazar Watanabe
Delitos : Incumplimiento de Deberes y otro
RESULTANDO
Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs. 163 a 172, Anelyz Salazar Watanabe, interpuso recurso de casación, impugnando el Auto de Vista de 18 de mayo de 2016 de fs. 150 a 152, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en contra de la recurrente, por la presunta comisión de los delitos Incumplimiento de Deberes y Peculado, previstos y sancionados por los arts. 154 y 142 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 6 de junio de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, en calidad de victima el Gobierno Autónomo Departamental de Pando
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- 2) Refiere que la Sentencia incurrió en el defecto contenido en el art
- 3) Señala que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el art
- 5) Refiere que la Sentencia omitió pronunciarse respecto de todas las cuestiones debatidas durante el
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Conforme a lo normado en el art
- Respecto del primer motivo refiere que la Sentencia vulneró el art
- Con relación al segundo motivo señaló que la Sentencia incurrió en el defecto contenido en
- Respecto del tercer motivo señala que la Sentencia incurrió en el defecto comprendido en el
- En el quinto motivo señaló que la Sentencia incurrió en los defectos contenidos en el
- Con relación a los motivos del primero al quinto, tal como se advierte de
- En definitiva, al evidenciarse que todos los argumentos de los motivos referidos versan sobre el
- A efectos de contrastar lo denunciado, los argumentos de la misma y descubrir un sentido
- En virtud a lo señalado, habiéndose evidenciado que en la presente causa omitió realizar la
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvas
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
