Auto Supremo AS/0626/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0626/2016

Fecha: 23-Ago-2016

Por lo expuesto, al no haber demostrado el acusado que el proceso penal instaurado en


Por lo expuesto, al no haber demostrado el acusado que el proceso penal instaurado en su contra sobrepasó el plazo máximo de duración de tres años; y, no haber cumplido con su carga procesal de demostrar su pretensión, en el presente caso que la dilación denunciada es responsabilidad del aparato estatal, obligación elemental que hace el planteamiento de cualquier demanda ante una autoridad judicial y al deber que tiene el excepcionista de ofrecer prueba idónea y pertinente, conforme el mandato establecido por el art. 314 del CPP, corresponde declarar infundada la excepción planteada, además de manifiestamente dilatoria