Auto Supremo AS/0627/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0627/2016-RRC

Fecha: 23-Ago-2016

El recurrente previa mención del segundo considerando del Auto de Vista recurrido, denuncia que en


El recurrente previa mención del segundo considerando del Auto de Vista recurrido, denuncia que en su parágrafo 8, punto 5.5, el Tribunal de apelación alejado de toda lógica dispuso anular la sentencia sobre un hecho ya precluido, incurriendo en revalorización de la prueba; toda vez, que señaló: “que como un solo hombre pueda tener el dominio de un hecho para extorsionar”, argumentó que afirma el recurrente, omite la valoración efectuada por el Juez de Sentencia, quien comprendió que siendo el acusado el sujeto activo del delito no necesariamente debía actuar en forma conjunta y física con todos los miembros componentes que tienen el dominio del hecho, con un despliegue del manejo de la información que generaron el convencimiento en su persona como víctima, de que el imputado estaba vinculado a otras personas quienes no se mostraron en ningún momento, salvo las reuniones celebradas en la ciudad de La Paz; no obstante, el Tribunal de alzada observó y manifestó una falta de lógica respecto a los hechos probados y no probados incurriendo en contradicción con los Autos Supremos 104 de 20 de febrero de 2004 y 14/2013-RRC de 6 de febrero que fueron invocados por el propio Tribunal de apelación