Por memoriales presentados el 10 de mayo y 6 de julio de 2016, cursante de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 664/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: Tarija 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Wilson Miguel Burgos Choque y otro
Delitos : Transporte de Sustancias Controladas y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 10 de mayo y 6 de julio de 2016, cursante de fs. 1034 a 1038 vta., y 1087 a 1097 vta., la representante del Ministerio Público y Wilson Miguel Burgos Choque, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 19/2015 del 27 de noviembre, de fs. 1026 a 1033., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Julio Mamani Rengifo, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 664/2016-RA
Sucre, 31 de agosto de 2016
Expediente: Tarija 61/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Wilson Miguel Burgos Choque y otro
Delitos : Transporte de Sustancias Controladas y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 10 de mayo y 6 de julio de 2016, cursante de fs. 1034 a 1038 vta., y 1087 a 1097 vta., la representante del Ministerio Público y Wilson Miguel Burgos Choque, interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 19/2015 del 27 de noviembre, de fs. 1026 a 1033., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente y Julio Mamani Rengifo, por la presunta comisión del delito de Transporte de Sustancias Controladas, Asociación Delictuosa y Confabulación, previstos y sancionados por los arts. 55 y 53 de la Ley 1008 del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas
- Por memoriales presentados el 10 de mayo y 6 de julio de 2016, cursante de
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión de los recursos de casación, se extraen los siguientes motivos
- a) Alega que en la apelación restringida se denunció defectos de la Sentencia previsto en
- c) Respecto al agravio previsto en el art
- 4) Respecto a errónea aplicación de la ley sustantiva establecido en el art
- 9) El Tribunal de alzada no se pronunció sobre el agravio de que la Sentencia
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Ahora bien, un supuesto de flexibilización de los requisitos del recurso de casación que permite
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, los recursos de casación fueron interpuestos dentro del plazo establecido
- IV.1. Del Recurso de casación del Ministerio Público
- En el primer, segundo y tercer motivo, el recurrente señala que en cuanto a la
- En ese contexto, de acuerdo a la regulación normativa del recurso de casación establecida en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
