Asimismo refiere que la obligación es retrotraer el acto, esto es una situación cuasi similar
Asimismo refiere que la obligación es retrotraer el acto, esto es una situación cuasi similar a la anterior de la celebración del acto, refiriendo que el daño a las construcciones que está realizando en otro inmueble que no está dentro de las consideraciones contractuales
- Auto Supremo: 929/2016
- Proceso: Nulidad de contrato de anticresis
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada al Sentencia de primera instancia se pronuncia, el Auto de Vista de fs
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Manifiesta que el Auto Supremo descrito refiere sobre el sentido de la equidad y equilibrio
- Asimismo refiere que la obligación es retrotraer el acto, esto es una situación cuasi similar
- III.1.- Elementos de la responsabilidad civil
- IV.2.- Acumulación de las pretensiones
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Respecto a la contestación del recurso de casación de fs
- Correspondiendo dictar Resolución conforme determina el art. 220.IV del Código Procesal Civil
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani
- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
