Auto Supremo AS/0998/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0998/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Que se habría violado los arts


Que se habría violado los arts. 252, 227 y 229 del Código de Procedimiento Civil y el art. 140.II del procedimiento Civil ya que las pruebas ofrecidas por ambas partes habrían sido prematuras máximo si la última notificación hace correr el plazo, por ende no sería aceptable la notificación en estrados, por otra parte, acusa que también se habría violado los arts. 227 y 236 del Código de Procedimiento Civil