III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO:
III.1.- De la citación con la demanda:
La citación con la demanda al demandado importa que éste tome conocimiento de que en su contra se encuentra activada una pretensión que en la mayoría de los casos importaría una afectación en su patrimonio, esa citación tiene el efecto de aperturar la competencia del juzgador conforme señala el art. 7 del Código de Procedimiento Civil (norma con la cual se desarrolló el proceso), y la falta de citación con la demanda genera indefensión en la parte, pues la citación asegura que el demandado tome conocimiento del proceso para efectos de generar seguridad jurídica en el sistema procesal y con ello dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 117 de la Constitución Política del Estado, solo al haberse generado la citación al demandado asegura que el proceso no sea acusado de indefensión a la parte perdidosa
III.1.- De la citación con la demanda:
La citación con la demanda al demandado importa que éste tome conocimiento de que en su contra se encuentra activada una pretensión que en la mayoría de los casos importaría una afectación en su patrimonio, esa citación tiene el efecto de aperturar la competencia del juzgador conforme señala el art. 7 del Código de Procedimiento Civil (norma con la cual se desarrolló el proceso), y la falta de citación con la demanda genera indefensión en la parte, pues la citación asegura que el demandado tome conocimiento del proceso para efectos de generar seguridad jurídica en el sistema procesal y con ello dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 117 de la Constitución Política del Estado, solo al haberse generado la citación al demandado asegura que el proceso no sea acusado de indefensión a la parte perdidosa
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.- CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Conforme al art
- Acusa que el Auto de Vista incurrió en error de hecho en la apreciación de
- Expone que al haberse valorado incorrectamente las pruebas del Gobierno Municipal, se tiene que el
- Por lo expuesto solicita se anule obrados hasta el Auto de admisión de la demanda
- III.- DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- III.2.- Sobre la improponibilidad subjetiva de la pretensión
- La jurisprudencia venezolana en distintos fallos alude al aporte doctrinario de Rafael Ortiz-Ortiz, cuya obra
- Por otra parte, diremos que en la legislación peruana, también se ha avanzado con la
- Conforme a la amplia gama de los aportes doctrinarios y la evolución de la jurisprudencia,
- IV.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- De la revisión de la pretensión de fs
- No podía el Juez soslayar la citación a los herederos de Agustina Flores Vda
- Por lo anteriormente señalado, corresponde resolver en la forma prevista en el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable el error incurrido
- De conformidad a lo previsto en el art
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
