Auto Supremo AS/1025/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1025/2016

Fecha: 24-Ago-2016

En el caso presente, ninguna de las disposiciones legales anteriormente descritas, reconocían competencia a los

En el caso presente, ninguna de las disposiciones legales anteriormente descritas, reconocían competencia a los jueces ordinarios de instancia para el conocimiento y tramitación de la demanda conforme a los hechos expuestos, habiendo actuado sin competencia los jueces de instancia, habida cuenta que la competencia es de orden público, de observancia y cumplimiento obligatorio, sin ninguna posibilidad de ser prorrogada por consentimiento de las partes