Auto Supremo AS/1025/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1025/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Que en principio corresponde referir que las figuras que reconoce nuestro ordenamiento jurídico para dejar

Que en principio corresponde referir que las figuras que reconoce nuestro ordenamiento jurídico para dejar sin efecto un registro en Derechos Reales, son la de extinción y cancelación de las inscripciones, las cuales operan a causales establecidas por ley, la primera dentro de lo determinado en el art. 1557 y la segunda a lo taxativamente señalado en el art. 1558 ambos del Código Civil, empero, debe tenerse en cuenta que en su generalidad la inscripción realizada como trámite administrativo deviene como emergencia de un título proveniente de un respectivo acto jurídico, conforme señala el art. 1540 del citado Código