Auto Supremo AS/1030/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1030/2016

Fecha: 24-Ago-2016

Deducido el recurso de apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia


Deducido el recurso de apelación por el demandante y remitida la misma ante la instancia competente, la Sala Civil Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, mediante Auto de Vista Nº S-458/2014, confirmo la Sentencia y las resoluciones apeladas por auto de fs. 261 se efectúa la debida corrección del nombre del codemandado y con relación a la consignación del error numérico de mencionar “la demanda de fs. 24 a 325”, no afecta el fondo de la resolución por ese un simple error de taypeo el cual no es sustancial en la resolución, pudiendo en su caso corregirse en ejecución de sentencia; por otra parte señala que de ninguna manera existió sesgamiento en la resolución citando a tal fin la fundamentación del considerando II-I, señalando que la resolución se encuentra debidamente fundamentada; en cuanto a la apelación de Guillermo Inocencio Vega señalo que el fundamento de la apelación resulto inconsistente por cuanto como expuso en el punto b de la resolución recurrida, señalando que la codemandada en ningún momento del proceso reconoció que se hubiesen hecho mejoras respecto a su propiedad