Auto Supremo AS/0302/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2016

Fecha: 09-Sep-2016

De otra parte, realiza un comentario sobre el derecho fundamental de acceso a la tutela

De otra parte, realiza un comentario sobre el derecho fundamental de acceso a la tutela judicial efectiva consagrado en el art. 115.I de la Constitución Política del Estado (C.P.E.), citando la Sentencia Constitucional (S.C.) Nº 1768/2011-R de 7 de noviembre, señalando que este derecho otorga a los justiciables, exigir que los tribunales de justicia pronuncien verdaderas resoluciones con contenido material relevante, absolviendo las pretensiones con motivación y fundamentación suficiente que permita entender la razón por la que se adoptó la decisión judicial, aduciendo que en el caso presente no se dio respuesta motivada y fundamentada a los puntos contenidos en el memorial del recurso de apelación, referido a la depuración del crédito fiscal donde se expresa que las facturas depuradas no han sido declaradas como compras, que las facturas por el periodo de noviembre de/1999 se encuentran en obrados de fs. 38 a 127, que sumadas dan la suma exacta consignada en el libro de compras IVA, que la fiscalización se inició el 3 de noviembre de 2004 y que el libro de compras IVA es del 13 de diciembre de 1999, es decir, 5 años antes de la fiscalización, pruebas que no fueron valoradas, citando al respecto la SC 0112/22010 – R de 10 de mayo, referente al debido proceso