Auto Supremo AS/0342/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0342/2016

Fecha: 30-Sep-2016

Por otro lado señaló que, no se valoró ni se consideró correctamente la prueba aportada

Por otro lado señaló que, no se valoró ni se consideró correctamente la prueba aportada en obrados, porque el juez de primera instancia considero que no se presentó prueba alguna que demuestre lo argumentado en las excepciones presentadas por la demandada, y al señalar que no existe contradicción en la demanda, no motivaron ni emitieron criterio fundamentado respecto a la pertinencia de la prueba; continuo refiriendo que, la resolución judicial debe ser exacta, precisa y relacionada con la pretensión oportunamente deducida en la controversia judicial, constituyéndose en el límite de la potestad jurisdiccional del juzgador, de acuerdo al principio de congruencia