CONSIDERANDO II
Termina señalando que, la Sentencia recurrida transgrede los arts. 46.1 y 2, 48.I.II.III y IV de la CPE; así como también los arts. 3.g) y h), 150 del CPT; y el art. 4 del DS Nº 28699 de 1 de mayo de 2006.
Petitorio: Concluyó el recurso de casación, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia que, se sirva a dictar resolución, casando el Auto de Vista Nº 321 de 29 de octubre de 2014.
CONSIDERANDO II
Petitorio: Concluyó el recurso de casación, solicitando al Tribunal Supremo de Justicia que, se sirva a dictar resolución, casando el Auto de Vista Nº 321 de 29 de octubre de 2014.
CONSIDERANDO II
- Auto Supremo Nº 352/2016
- Sucre, 30 de Septiembre de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.027/2016
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Notificada con la Sentencia Nº 40, Claudio Carlos Quiroga Rocha, en representación legal de Carlos
- Contra el referido auto de vista, Claudio Carlos Quiroga Rocha, en representación legal de Carlos
- Agrega que, el Juez de primera instancia no consideró el art
- Prosiguió señalando que, la juzgadora interpreta erróneamente el art
- El recurrente refirió textualmente que: “La Sentencia hace una valoración errónea del Art
- CONSIDERANDO II
- Realizada la revisión del expediente y habiéndose efectuado el análisis correspondiente del caso en estudio,
- En ese marco se debe notar que, el recurso de casación en el fondo, fue
- En ese contexto, se evidencia que el presente recurso de casación, fue argumentado en base
- De lo precedentemente señalado, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
