El recurrente refirió textualmente que: “La Sentencia hace una valoración errónea del Art
El recurrente refirió textualmente que: “La Sentencia hace una valoración errónea del Art. 16 inciso e) Art. 9 inciso e) del Decreto Reglamentario, con relación a la causal de despido por incumplimiento de contrato.”, debido a que la parte demandante no pudo demostrar ese extremo, o sea que el trabajador hubiese incumplido sus obligaciones contractuales, ya que para ello mínimamente deberían haber presentado el contrato de trabajo e indicar, expresamente y con precisión inequívoca, cual o cuales de las obligaciones contractuales fueron incumplidas, los cuales habrían servido de argumento de despido o terminación de la relación laboral; siendo que el art. 9 y 10 del DS Nº 28699 establece el procedimiento para despedir a un trabajador, por haber incurrido en alguna causa justificada, lo que no consta en el expediente
- Auto Supremo Nº 352/2016
- Sucre, 30 de Septiembre de 2016
- Expediente: SC-CA.SAII-SCZ.027/2016
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- Notificada con la Sentencia Nº 40, Claudio Carlos Quiroga Rocha, en representación legal de Carlos
- Contra el referido auto de vista, Claudio Carlos Quiroga Rocha, en representación legal de Carlos
- Agrega que, el Juez de primera instancia no consideró el art
- Prosiguió señalando que, la juzgadora interpreta erróneamente el art
- El recurrente refirió textualmente que: “La Sentencia hace una valoración errónea del Art
- CONSIDERANDO II
- Realizada la revisión del expediente y habiéndose efectuado el análisis correspondiente del caso en estudio,
- En ese marco se debe notar que, el recurso de casación en el fondo, fue
- En ese contexto, se evidencia que el presente recurso de casación, fue argumentado en base
- De lo precedentemente señalado, esta Sala concluye que no son evidentes las infracciones denunciadas en
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
