Auto Supremo AS/0357/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0357/2016

Fecha: 30-Sep-2016

En ese sentido refirió que, en el transcurso del proceso su persona reconoció haber contratado

En ese sentido refirió que, en el transcurso del proceso su persona reconoció haber contratado al demandante, pero este extremo no conlleva al pago de derechos laborales en la proporción que se determinó en la Resolución Nº 36/2015, porque no se tomó en cuenta las pruebas presentadas, como ser las pruebas testificales, por lo que el tribunal de alzada no efectuó un justo análisis con referencia a las horas extras y vacaciones, conceptos estos que no han sido revisados, pues simplemente se habrían avocado a realizar un análisis muy somero al respecto