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    Auto Supremo AS/0678/2016-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0678/2016-RRC

    Fecha: 12-Sep-2016

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial presentado el 25 de abril de 2016, cursante de fs
    • I.1. Antecedentes
    • a) Por Sentencia 61/2015 de 23 de octubre (fs
    • b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Raúl Alberto Vaca Roca, interpuso recurso de apelación
    • I.1.1. Motivo del recurso de casación
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 479/2016-RA de 24 de junio,
    • El recurrente alega incongruencia e insuficiente fundamentación del Auto de Vista recurrido, que habría infringido
    • I.1.2. Petitorio
    • La parte recurrente en mérito a los argumentos expuestos en su recurso, solicita se admita
    • Mediante Auto Supremo 479/2016-RA de 24 de junio, cursante de fs
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y establecido el ámbito de
    • Por Sentencia 61/2015 de 23 de octubre, el Tribunal Primero de Sentencia del Tribunal Departamental
    • Por su parte la Psicóloga de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia en audiencia
    • II.2. De la apelación restringida interpuesta por el acusado
    • Contra la referida Sentencia, el acusado interpone recurso de apelación restringida, refiriendo en cuanto a
    • b) El Tribunal de juicio con una fundamentación totalmente insuficiente admitieron la judicialización de la
    • c) Se realizó un peritaje para encontrar espermatozoides o antígeno prostático, pero esa pericia hubiese
    • d) El Fiscal de materia Carlos Acosta, realiza una serie de actos investigativos el 20
    • e) Alega que fue notificado con la Sentencia y recién le notificaron con su contenido
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, por Auto de
    • El requerimiento del Fiscal Acosta fue realizado un día antes de la denuncia y sin
    • Por otra parte, es evidente que concluida la lectura íntegra de la Sentencia el 23
    • El presente recurso de casación formulado por el Ministerio Público, fue admitido ante la concurrencia
    • III.1.Toda resolución judicial debe encontrarse debidamente fundamentada y motivada
    • En coherencia con las normas constitucionales citadas y la doctrina descrita, el legislador a partir
    • III.2. Sobre los criterios aplicables ante la denuncia de defectos no susceptibles de convalidación
    • El art
    • Adicionando que, en los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán
    • Dicha determinación, en coherencia con los razonamientos establecidos en la doctrina, han dado lugar al
    • Finalmente, se debe tener presente que desde el punto de vista doctrinal, las nulidades
    • En armonía con los criterios destacados en el anterior acápite, el Auto Supremo 394/2014-RRC de
    • Por su parte, el Auto Supremo 133/2013-RRC del 20 de mayo, señaló: “Respecto al segundo
    • Consiguientemente, se tiene que ante la denuncia de rechazos indebidos de solicitudes de exclusiones probatorias,
    • III.4. Análisis del caso concreto
    • El recurrente alega, incongruencia e insuficiente fundamentación del Auto de Vista recurrido, el cual hubiese
    • Del análisis del Auto de Vista impugnado, se tiene que los Vocales sobre el primer
    • Sobre el cuarto motivo del recurso de casación, el Tribunal de alzada argumenta que, la
    • Finalmente, el Auto de Vista argumenta para anular la Sentencia que, por otra parte, es
    • Consiguientemente, este Tribunal evidencia la vulneración del derecho al debido proceso en su vertiente debida
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • A los efectos de lo previsto por el art
    • En aplicación del art
    • Regístrese, hágase saber y cúmplase
    • SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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