Auto Supremo AS/0678/2016-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0678/2016-RRC

Fecha: 12-Sep-2016

Por otra parte, es evidente que concluida la lectura íntegra de la Sentencia el 23


La Fiscal de Materia requiere se realice una pericia biológica y el perito una vez realizado el examen emite un dictamen pericial en el que establece que no se ha encontrado espermatozoides, pero si la existencia de antígeno prostático; sin embargo, la facultad que le otorga el código a las partes para que puedan proponer u objetar los temas de pericia, no se ha cumplido, porque dicha actuación no fue notificada al imputado encontrándose con dicha pericia en juicio; todo acto debe ser necesariamente comunicado al imputado para que pueda asumir defensa, el no hacerlo vulnera el derecho a la defensa, pues en la imputación formal se conocía el domicilio del imputado donde debió ser notificado con la finalidad de no vulnerar el debido proceso.

Por otra parte, es evidente que concluida la lectura íntegra de la Sentencia el 23 de octubre de 2015, las partes no recibieron copia de la Sentencia vulnerando de esta manera lo establecido por el art. 361 última parte del Código de Procedimiento Penal