La recurrente también alega que entre la incorrecta valoración de las disposiciones violadas y la
La recurrente también alega que entre la incorrecta valoración de las disposiciones violadas y la errónea aplicación de la ley, se encontraría la errónea aplicación del tipo penal previsto por el art. 283 del CP; al respecto, el Tribunal de alzada argumentó que el Juez de Sentencia razonó correctamente bajo los principios de la logicidad, no encontrando infracción alguna, resultando oportuno señalar que de los argumentos expuestos por la recurrente en su recurso de apelación restringida, a tiempo de denunciar la supuesta errónea aplicación de la norma sustantiva, hizo referencia a los hechos que habría denunciado en una entrevista del 17 de octubre del 2013; sin tomar en cuenta, que cuando se pretende fundar un recurso en la presunta existencia del defecto previsto por el inc. 1) del art. 370 del CPP, por errónea subsunción de los hechos al tipo penal, ésta debe partir de la referencia a los hechos sentados como probados por el A quo, demostrando a partir de los mismos, la falta de elemento constitutivo para la configuración del tipo penal, aspecto que en el caso de autos no fue expuesto por la recurrente, quien se limitó a señalar el contenido de su entrevista que dio lugar al proceso iniciado en su contra
- Por memorial presentado el 8 de abril de 2016, cursante de fs
- a) Por Sentencia 21/2015 de 20 de mayo (fs
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusada Marianella Cervall Rowbottom, interpuso apelación restringida (fs
- 1) Previa remembranza de las excepciones formuladas en audiencia de juicio oral, tales como falta
- 2) Refiriéndose a la relación del hecho atribuido a su persona, el orden de las
- La apelación restringida expuesta precedentemente, fue resuelta a través del Auto de Vista impugnado, dictado
- En el inc
- Finalmente en el punto octavo, el Ad quem, concluye señalando que ambas partes en juicio
- III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
- Conforme lo dispuesto por los arts
- Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
- III.2. Del precedente invocado y análisis del caso concreto
- La recurrente, a tiempo de denunciar la inobservancia de los defectos denunciados en apelación restringida,
- Que la falta de precisión, en términos claros, sobre la adecuación del hecho ilícito a
- Existiendo una situación fáctica similar a la denunciada por la recurrente, en cuanto a la
- Conforme a lo expuesto en los incs
- De la revisión del Auto de Vista impugnado, este Tribunal Supremo de Justicia, establece que
- Argumentos, que desvirtúan lo alegado por la recurrente, pues la denuncia formulada en su recurso
- Debe agregarse, que en el recurso de casación la recurrente a tiempo de reclamar que
- La recurrente también alega que entre la incorrecta valoración de las disposiciones violadas y la
- En cuanto a las demás disposiciones incorrectamente valoradas por el Tribunal de alzada en el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
