Auto Supremo AS/0727/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0727/2016-RA

Fecha: 26-Sep-2016

no cumplió con su obligación de motivación; toda vez, que lejos de obrar con fundamentos


En cuanto al segundo motivo en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido
no cumplió con su obligación de motivación; toda vez, que lejos de obrar con fundamentos lógicos, de forma incongruente habría dado lugar y razón a su reclamo; puesto que, habría reconocido la insuficiente motivación de la sentencia; no obstante, justificando y forzando su determinación que hubiese dado lugar a la confirmación de la sentencia, sobre este reclamo corresponde señalar que el recurrente incumplió con lo previsto por los art. 416 y 417 segundo párrafo del CPP; toda vez, que no invocó precedente contradictorio alguno que podría ser contrario al Auto de Vista recurrido, además, incurrió en contradicción; por cuanto, por una parte denuncia que los fundamentos del Auto de Vista recurrido incurriría en falta de motivación; y, por otra parte refiere que el razonamiento asumido por el Tribunal de alzada resultaría ilógico e incongruente; toda vez, que le habría dado la razón respecto a su denuncia; empero, habría confirmado la sentencia; fundamentos, que en definitiva se contradicen; por cuanto, una cosa es cuestionar que el Auto de Vista carece de una debida motivación; y otra, sostener que sus argumentos serían ilógicos e incongruentes; en consecuencia, ante la falta de invocación de precedentes contradictorios y la referida incoherencia en la fundamentación del motivo de casación, deviene en inadmisible