Auto Supremo AS/0734/2016-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0734/2016-RA

Fecha: 26-Sep-2016

En cuanto, al segundo motivo en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido


En cuanto, al segundo motivo en el que denuncia que el Auto de Vista recurrido incurrió en incongruencia omisiva; toda vez, que no habría abordado su reclamo referido a que la sentencia además de la pena de prestación de trabajo, le impuso ilegalmente una sanción accesoria cuando determinó que: “Y la sanción accesoria de la prohibición de incurrir en otro ilícito similar al sentenciado”, donde habría invocado los Autos Supremos 315 de 25 de agosto de 2016 y 424 de 20 de octubre de 2006; empero, no habrían sido considerados por el Tribunal de alzada, constituyendo violación al principio de legalidad y vulneración del art. 116.II de la CPE; por cuanto, la sanción accesoria no tendría sustento legal, ya que no estaría contemplada en la previsión del art. 26 del CP, donde la única pena accesoria sería la inhabilitación especial conforme prevé el art. 34 de la citada Ley, lo que no correspondería a su caso por la naturaleza del hecho enjuiciado, ocasionándole un perjuicio. Sobre este reclamo el recurrente, no invocó precedente contradictorio alguno; en consecuencia, no cumplió con la carga procesal de exponer en qué consistiría la contradicción en el que habría incurrido el Tribunal de alzada respecto de algún precedente, en los términos del art. 417 del CPP, aspecto que impide a este Tribunal Supremo realizar la labor que le encomienda la ley, sin que la omisión en la que incurrió el recurrente pueda ser suplida de oficio