Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo o en la forma; también en ambos cuerpos procesales se permite al recurrente acusar que en la apreciación de las pruebas se ha incurrido en error de hecho o en error de derecho, caso en el cual debe identificarse el error incurrido y la forma de su comisión, si se trata del “error de derecho” tiene que ver con el valor probatorio, en cambio si se trata del “error de hecho”, tiene que ver que en el cotejo (confrontación) de la descripción efectuada por el juzgador respecto al medio de prueba y evidenciar el yerro (suposición, cercenamiento o confusión) que se hubiera generado al momento de absorber el contenido del medio de prueba para trasladarlo en la resolución impugnada
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Por otro lado refiere que, en su recurso de apelación habría señalado la vulneración del
- Asimismo a tiempo de señalar lo que manifestaría la SCP 0255/2014 refiere que, en el
- Con esos argumentos solicita se admita y se remita el mismo ante el superior
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Asimismo, si la intención fuera por el juicio anulatorio, tampoco cita disposición legal
- Por ello, la recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos hechos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Asimismo, el recurso no cumple con lo normado en el art
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- De otro lado, solo a manera de aclaración diremos que la recurrente, cuestiona la actuación
- Por lo que se deduce que el recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
