II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
II.- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Conforme a lo previsto en el art. 180 parágrafo II de la Constitución Política del Estado que garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales y ante la vigencia del Código Procesal Civil (Ley Nº 439), en cuya disposición transitoria sexta señala que a la vigencia plena de la mencionada ley se aplicarán conforme determina el art. 277 del Código Procesal Civil, se pasa a considerar los requisitos de admisibilidad previstos en el art. 274 de la mencionada norma procesal, conforme a lo siguientes puntos:
II.1.- Emitido el Auto de Vista de fs. 221 a 223 y su complementario a fs. 228, la recurrente es notificada en fecha 10 de junio de 2016 (fs. 226), la recurrente sin que conste la notificación con el referido fallo (Auto complementario a fs. 228), presenta el recurso en fecha 24 de junio de 2016 (fs. 233), presumiéndose haber presentado dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, recurso en el cual también se advierte que la recurrente identifica la Resolución impugnada; asimismo corresponde señalar que luego de la emisión de la Sentencia el recurrente impugna la mencionada Resolución de primera instancia, y ante la emisión del Auto de Vista que confirmó el fallo impugnado recurre de casación, que resulta ser permisible, conforme al sistema de impugnación vertical.
II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto:
Señala que, existiría contradicción entre lo pretendido en la demanda reconvencional y lo manifestado en la Sentencia por lo que el Juez de primera instancia habría fallado ultra petita, a ese efecto cita el art. 192 num. 3) del Código de Procedimiento Civil y Autos Supremos Nos. 144 de fecha 27 de julio de 2004, 314 de 23 de octubre de 2002
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Por otro lado refiere que, en su recurso de apelación habría señalado la vulneración del
- Asimismo a tiempo de señalar lo que manifestaría la SCP 0255/2014 refiere que, en el
- Con esos argumentos solicita se admita y se remita el mismo ante el superior
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Asimismo, si la intención fuera por el juicio anulatorio, tampoco cita disposición legal
- Por ello, la recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos hechos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Asimismo, el recurso no cumple con lo normado en el art
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- De otro lado, solo a manera de aclaración diremos que la recurrente, cuestiona la actuación
- Por lo que se deduce que el recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
