Por otro lado refiere que, en su recurso de apelación habría señalado la vulneración del
Por otro lado refiere que, en su recurso de apelación habría señalado la vulneración del art. 117.II de la Constitución Política del Estado si bien habría sido mencionado en el Auto de Vista en el Considerando II, punto 4 pero no habría sido considerada en forma correcta, toda vez que, si bien el proceso penal sanciona la conducta y el proceso civil los derechos conculcados, pero la orden de desapoderamiento que habría sido emitido por el Juez en lo Penal estaría referido al cumplimiento y la entrega del inmueble objeto de Litis, misma que habría sido efectuada en fecha 17 de septiembre de 2012 y que a la fecha se pretendería nuevamente la entrega del mismo, siendo que se habría demostrado ante al Juez de primera instancia que el inmueble fue entregado a los re convencionistas, asimismo se habría demostrado que la demandante no se encontraba en posesión del inmueble sino por terceras personas ajenas al proceso, que no habría sido considerado por el Juez de primera instancia y menos por el Tribunal de alzada
- I.- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- II.2.- En consideración a los requisitos en análisis, corresponde hacer referencia al recurso interpuesto
- Por otro lado refiere que, en su recurso de apelación habría señalado la vulneración del
- Asimismo a tiempo de señalar lo que manifestaría la SCP 0255/2014 refiere que, en el
- Con esos argumentos solicita se admita y se remita el mismo ante el superior
- II
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- Exigencia que tiene estrecha relación con la identificación de los recursos sea en el fondo
- III.- Análisis del recurso de casación
- Asimismo, si la intención fuera por el juicio anulatorio, tampoco cita disposición legal
- Por ello, la recurrente debió explicar, desde el punto de vista causal, cómo esos hechos
- En el marco de la inteligencia de la normativa legal citada, mal podría este Tribunal
- Asimismo, el recurso no cumple con lo normado en el art
- Lo anotado, demuestra la importancia que tiene el cumplimiento de los requisitos previstos en el
- De otro lado, solo a manera de aclaración diremos que la recurrente, cuestiona la actuación
- Por lo que se deduce que el recurrente no ha cumplido con el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
