Auto Supremo AS/1113/2016
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1113/2016

Fecha: 23-Sep-2016

Al margen de ello de acuerdo a lo desglosado supra en el punto III

Al margen de ello de acuerdo a lo desglosado supra en el punto III.3, dentro de un nuevo modelo constitucional actual que tiene como preeminencia el derecho sustantivo en amparo del principio de verdad material, sobre los aspectos formales, no puede restarse validez a medios probatorios por cuestiones netamente formales sino por su contenido, idea en contrario resultaría una actitud totalmente formalista que va en desmedro de principios que actualmente rigen la administración de justicia, otorgados como se expuso por un nuevo modelo constitucional, por lo que, no resulta viable su reclamo