Auto Supremo AS/0009/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0009/2017-RA

Fecha: 17-Ene-2017

4) En la Sentencia la Jueza desconoce el art


3) El Tribunal de alzada, vulneró el principio de congruencia, ya que en la parte considerativa de la resolución, asume una posición que es diametralmente opuesta a la parte Resolutiva, pues no toma en cuenta que el fallo de fondo debe ser emitido considerando los hechos y las pruebas de acuerdo a la relación procesal debiendo existir lógica y coherencia no solo en la parte resolutiva con la parte motivada, sino también con los elementos fácticos conforme hayan sido expuestos en la introducción del proceso, lo contrario es atentar contra el debido proceso en su elemento debida motivación y fundamentación al haberse incurrido en vicios del art. 370 del CPP; por lo que, la parte considerativa debe tener un análisis y evaluación fundamentada de la prueba y las leyes en las que se funda, lo que no ha ocurrido en el presente proceso; de la misma forma el Tribunal de alzada no ha considerado todas las pruebas aportadas por su persona, concluyendo que el Juez de la causa no ha realizado una valoración precisa de dichas pruebas, concluye que el Tribunal de alzada debe expresar que la Sentencia es ilegal pues vulneró la Ley y varios principios constitucionales.

4) En la Sentencia la Jueza desconoce el art. 370 inc. 6) del CPP, pues no valoró la prueba presentada como PDD 8, haciendo caso omiso a los arts. 8, 171 y 173 del CPP, desconociendo así su derecho a la defensa material; al respecto agrega, que el Tribunal de alzada no verificó si se causó algún daño a la acusadora particular