b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular a través de su apoderado, interpuso recurso
b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular a través de su apoderado, interpuso recurso de apelación restringida (fs. 245 a 246 vta.), resuelto por Auto de Vista 25/2016 de 6 de octubre, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, que declaró improcedente el citado recurso y confirmó la Sentencia apelada
- Por memorial presentado el 26 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular a través de su apoderado, interpuso recurso
- c) Por diligencia de 19 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs. 310 a 312, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad previstos por los arts
- Debe agregarse que la mera referencia a un estado de indefensión y a los valores
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
