La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 418 del CPP, declara INADMISIBLE el recurso de casación de interpuesto por Rodolfo Solís Burgoa, en representación legal de María Mercedes Rodríguez Vda. De Rivas, de fs. 310 a 312
- Por memorial presentado el 26 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular a través de su apoderado, interpuso recurso
- c) Por diligencia de 19 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs. 310 a 312, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad previstos por los arts
- Debe agregarse que la mera referencia a un estado de indefensión y a los valores
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
