Sobre el segundo motivo, principalmente reclama que el Tribunal de apelación mantuvo el agravio denunciado
Sobre el segundo motivo, principalmente reclama que el Tribunal de apelación mantuvo el agravio denunciado en apelación restringida sobre la errónea valoración de la norma sustantiva, mediante una decisión excesivamente mecanicista, al igual que el Tribunal inferior, concluyendo que una persona comete Violación con la simple declaración testifical referencial, sin prueba que acredite la relación sexual, dejando de lado la declaración del imputado y de la valoración del ADN; a cuyo efecto, invoca los Autos Supremos 304/2012-RRC y 31 de 26 de marzo de 2007, como elementos contradictorios, teniéndose que en relación a la segunda resolución citada, revisado el banco de datos de este Tribunal, con la fecha señalada, se establece la inexistencia del citado fallo; y, respecto a la primera resolución aludida, se constata que la misma no fue invocada a momento de interponer la apelación restringida, teniendo en cuenta que el origen del motivo de casación, tendría su origen en el defecto de Sentencia relativo a la errónea interpretación del tipo penal de Violación, que habría sido convalidado por el Tribunal superior, por lo que el impugnante tenía que observar la carga procesal asignada en el segundo párrafo del art. 416 del CPP, al no haberlo hecho, no es posible el análisis de fondo de este motivo, resultando inadmisible
- Por memorial presentado el 4 de noviembre de 2016, que cursa de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Leonardo Chiltua Herrera, interpuso recurso de apelación restringida
- c) Por diligencia de 27 de octubre de 2016 (fs
- Del memorial que cursa de fs. 373 a 379, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de autos se constata que el recurrente cumplió con el requisito relativo
- En relación al primer motivo, por el que el recurrente denuncia que el Tribunal de
- Sobre el segundo motivo, principalmente reclama que el Tribunal de apelación mantuvo el agravio denunciado
- Respecto al tercer motivo, donde reclama que sobre la denuncia de valoración defectuosa de la
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
