Por memorial presentado el 27 de octubre de 2016, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 046/2017-RA
Sucre, 20 de enero de 2017
Expediente: Pando 31/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Fadir Banegas Vaca
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de octubre de 2016, cursante de fs. 46 a 49 vta., Fadir Banegas Vaca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 18 de octubre de 2016, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33 inc. n) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 046/2017-RA
Sucre, 20 de enero de 2017
Expediente: Pando 31/2016
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Fadir Banegas Vaca
Delito: Tráfico de Sustancias Controladas
RESULTANDO
Por memorial presentado el 27 de octubre de 2016, cursante de fs. 46 a 49 vta., Fadir Banegas Vaca, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista de 18 de octubre de 2016, pronunciado por la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Tráfico de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por los arts. 48 con relación al 33 inc. n) de la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas (Ley 1008)
- Por memorial presentado el 27 de octubre de 2016, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Por diligencia de 21 de octubre de 2016 (fs
- Existió inobservancia o errónea aplicación de la ley sustantiva como de la adjetiva, conforme prevé
- La Sentencia se basó en hechos inexistentes o no acreditados, además de una valoración defectuosa
- 4) Invocando el Auto Supremo 504/2007 de 11 de octubre refirió que, la Sentencia controvertida
- El art
- Respecto del recurso de casación en concreto, el art
- i) Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- De la revisión de antecedentes, se tiene que el recurrente cumplió con el primer
- Con relación a los demás requisitos de admisibilidad, se advierte que el recurrente denuncia en
- fundamento objetivo en contravención al art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
