Auto Supremo AS/0067/2017-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0067/2017-RA

Fecha: 24-Ene-2017

Con relación al primer y tercer motivo, el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno oponible


Con relación al primer y tercer motivo, el recurrente no invocó precedente contradictorio alguno oponible al Auto de Vista impugnado; por lo que, tampoco explicó ni fundamentó en qué consistiría la contradicción en que habría incurrido el Tribunal de alzada, teniendo en cuenta que se limitó a referir que la Sentencia no demostró objetivamente la comisión del delito; en tal sentido, se hace evidente la inobservancia de la norma contenida por el art. 417 del CPP, por la insuficiencia en la técnica recursiva empleada en este motivo del recurso, omisión que no puede ser suplida de oficio y que deriva en que este Tribunal no tenga abierta su competencia para conocer el fondo de este motivo, al no haberse sentado las bases para verificar el sentido jurídico contradictorio; por lo cual, los motivos devienen en inadmisibles