Auto Supremo AS/0092/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 686/2016-RA de 12


a) Por Sentencia 1/2009 de 5 de enero (fs. 422 a 427), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, declaró a Ernesto Torrez Mamani, Lucia Alapi Quispe, José Víctor Vargas Mamani y Milton Genaro Vargas Chino, autores de la comisión del delito de Fabricación de Sustancias Controladas, previsto y sancionado por el art. 47 con relación al art. 33 inc. l) de la Ley 1008, imponiendo la pena de cinco años de privación de libertad a los dos primeros y de dos años de presidio a los dos últimos, al estar su conducta prevista en la segunda parte del citado art. 47 (como pisa coca), siendo concedido el beneficio de Perdón Judicial.

b) Contra la mencionada Sentencia, los imputados Ernesto Torrez Mamani (fs. 434 a 436 vta.) y Lucia Alapati Quispe (fs. 444 a 445 vta.), interpusieron recursos de apelación restringida, que fueron resueltos por Auto de Vista 16/2016 de 8 de marzo, dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, que declaró inadmisibles los recursos planteados y confirmó la Sentencia apelada.

I.1.1. Motivos del recurso de casación.

Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo de admisión 686/2016-RA de 12 de septiembre, se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ)