Auto Supremo AS/0092/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0092/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

Por lo referido, puede advertirse que los precedentes invocados y la doctrina legal aplicable de


También invocó el Auto Supremo 306/2013-RRC del 22 de noviembre, que fue pronunciado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente en contra de los imputados, por la presunta comisión del delito de Desobediencia a Resoluciones en procesos de Hábeas Corpus y Amparo Constitucional, Auto de Vista que fue dejado sin efecto al contradecir los precedentes citados por la recurrente, referidos a la necesidad de fundamentación de las resoluciones judiciales y la imposibilidad de cambiar la situación jurídica de los imputados revalorizando prueba.

Por lo referido, puede advertirse que los precedentes invocados y la doctrina legal aplicable de los mismos, fue generada en una problemática totalmente distinto al presente, pues el primer precedente se refiere a que el Tribunal de alzada se hubiese pronunciado sobre algo no impugnado y el segundo respecto a la falta de fundamentación para cambiar la situación jurídica de los imputados y revalorización de la prueba, pero contrariamente la presente denuncia se encuentra en el sentido de que los Vocales no se hubiesen pronunciado sobre un Auto Complementario de confiscación; es decir, no concurre una situación de hecho similar, de modo que no puede visualizarse la existencia de contradicción en los términos previstos por el art. 416 del CPP, siendo necesario destacar que en casos semejantes al presente, este Tribunal dejó sentado el siguiente criterio contenido en el Auto Supremo 396/2014-RRC de 18 de agosto de 2014, respecto a los requisitos que deben cumplir los precedentes contradictorios: “Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad de cuestionar la inadecuada aplicación o interpretación de las disposiciones legales realizadas por el Tribunal de apelación, contrarios a otros precedentes, debe señalarse que el precedente contradictorio en materia penal, constituye una decisión judicial, previa al caso analizado, que al ser emanado por un Tribunal superior en grado o por uno análogo, debe ser aplicado a casos que contengan similitud con sus hechos relevantes; al respecto, la normativa procesal penal en el país, ha otorgado al precedente contradictorio carácter vinculante (art. 420 del CPP). La importancia de precedente contradictorio, deviene del objetivo y fin del recurso casacional, toda vez que el más alto Tribunal de Justicia del Estado, tiene la tarea u objetivo de unificar o uniformar la jurisprudencia nacional, con el fin de brindar seguridad jurídica a las partes inmersas en un proceso judicial, asegurando la aplicación uniforme de la ley y por ende la efectivización del principio de igualdad y la tutela judicial efectiva; atribución, que se encuentra descrita en los arts. 419 del CPP y 42 inc. 3) de la Ley del Órgano Judicial (LOJ) y que es conocida como función nomofiláctica (interpretación de la norma en procura de una jurisprudencia uniforme e integrada)