Auto Supremo AS/0096/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0096/2017-RRC

Fecha: 24-Ene-2017

El recurrente denuncia que su consentimiento para el juicio abreviado fue obtenido bajo coacción psicológica;


Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 692/2016-RA de 13 de septiembre, se extrae el motivo a ser analizado en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

El recurrente denuncia que su consentimiento para el juicio abreviado fue obtenido bajo coacción psicológica; por lo que, denunció este aspecto en apelación restringida demandando vicios de nulidad absoluta, de modo que el Tribunal de alzada debió ordenar la investigación del hecho y la realización del juicio oral, considerando que la aplicación del procedimiento abreviado está condicionada a la libre manifestación de voluntad. En ese ámbito, denuncia la negación a sus derechos a un debido proceso y a la defensa, por no darle la posibilidad de demostrar su inocencia, al haber sido condenado sin ser autor del ilícito, pues la resolución del Tribunal de origen se basó en hechos no probados como el supuesto estado de ebriedad en el que supuestamente se encontraba, basándose en ademanes, olor a alcohol que presuntamente desprendía de su cuerpo, sin que exista prueba científica que establezca un grado de alcoholemia, pues de acuerdo a la Sentencia Constitucional 1659/2004 de 11 de octubre, el procedimiento abreviado está sustentado en el principio de legalidad y la verdad material, no pudiendo esta última ser reemplazada por la verdad consensuada entre las partes