Auto Supremo AS/0858/2017-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0858/2017-RRC

Fecha: 31-Oct-2017

En concordancia con estos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, el art


Por lo expuesto, al no haberse verificado la existencia de los defectos de Sentencia que señala el art. 370 del Código de Procedimiento Penal, corresponde declarar improcedente el recurso planteado.” (sic)

III. VERIFICACIÓN DE LA DENUNCIA DE VULNERACIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES

En el caso presente, el imputado denuncia que el Tribunal de alzada confirmó la Sentencia condenatoria con base a una declaración que prestó ante el asignado al caso, en vulneración a la presunción de inocencia, correspondiendo resolver la problemática planteada.

III.1. Sobre la presunción de inocencia.

En el Sistema Internacional de Protección de los Derechos Humanos, el derecho a la presunción de inocencia aparece considerado en el art. 11.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en el sentido de que: “Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa (...)”. De igual modo, el citado derecho es enfocado en los arts. 14.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 8.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. En relación con esta última: “(...) la Corte ha afirmado que en el principio de presunción de inocencia subyace el propósito de las garantías judiciales, al afirmar la idea de que una persona es inocente hasta que su culpabilidad es demostrada”.

En concordancia con estos instrumentos internacionales de protección de los derechos humanos, el art. 116. I de la CPE establece: “Se garantiza la presunción de inocencia. Durante el proceso, en caso de duda sobre la norma aplicable, regirá la más favorable al imputado”. De esta manera, el constituyente ha reconocido la presunción de inocencia como un derecho fundamental