II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Señala que, el Auto de Vista recurrido, sería incompleto e insuficiente con relación a los agravios apelados, pues no solo faltaría pronunciamiento expreso respecto de las apelaciones en el efecto diferido, sino que tampoco existiría motivación y fundamentación respecto el agravio sobre la pérdida de competencia del Juez A quo, toda vez que el decreto de Autos habría sido emitido el 7 de diciembre de 2015 y la Sentencia habría sido pronunciada en 11 de febrero de 2016, es decir fuera del plazo legal, por lo que se habría vulnerado, garantías constitucionales como el debido proceso, legalidad, seguridad jurídica y el derecho de defensa, como los arts. 24 y 122 de la Constitución Política del Estado, art. 265 I.II del Código Procesal Civil, arts. 204 y 208 del Código de Procedimiento Civil, arts. 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, arts. 8 num. 1) y 24 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos así como a la garantía constitucional a ser protegido y a ser oído de manera imparcial, peticionando que se anule el Auto de Vista recurrido y en su lugar se emita una nueva resolución de acuerdo a los puntos apelados
Señala que, el Auto de Vista recurrido, sería incompleto e insuficiente con relación a los agravios apelados, pues no solo faltaría pronunciamiento expreso respecto de las apelaciones en el efecto diferido, sino que tampoco existiría motivación y fundamentación respecto el agravio sobre la pérdida de competencia del Juez A quo, toda vez que el decreto de Autos habría sido emitido el 7 de diciembre de 2015 y la Sentencia habría sido pronunciada en 11 de febrero de 2016, es decir fuera del plazo legal, por lo que se habría vulnerado, garantías constitucionales como el debido proceso, legalidad, seguridad jurídica y el derecho de defensa, como los arts. 24 y 122 de la Constitución Política del Estado, art. 265 I.II del Código Procesal Civil, arts. 204 y 208 del Código de Procedimiento Civil, arts. 7 y 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, arts. 8 num. 1) y 24 de la Convención Americana Sobre los Derechos Humanos así como a la garantía constitucional a ser protegido y a ser oído de manera imparcial, peticionando que se anule el Auto de Vista recurrido y en su lugar se emita una nueva resolución de acuerdo a los puntos apelados
- Partes: María Dorado Calvimontes c/ Renato Gonzalo Hurtado Durán y otros
- Proceso: Nulidad de contrato
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Resolución de primera instancia que al ser apelada por la demandante, fue resuelto por Auto
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- Entre los recursos que la ley franquea o reconoce para hacer efectivo el derecho a
- En este marco resulta necesario referir que sobre el derecho a la impugnación la Sentencia
- Asimismo, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 223/2012 de 23 de julio
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Al respecto, de la revisión del Auto de Vista recurrido, se evidencia que el Tribunal
- Siendo esa la razón que motivó al Tribunal de Alzada a emitir una Resolución de
- De esta manera se infiere que el motivo que llevó al Tribunal de Alzada a
- No obstante de aquello, a manera de reforzar este entendimiento, de la revisión del contenido
- Aspectos que fueron denunciados indistintamente como agravios, empero están vinculados a cuestionar la valoración probatoria
- Por todo lo expuesto, al ser evidente la infracción acusada en la que incurrió el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En cumplimiento del art
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán.
