II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN:
Acusa que el contenido del Auto de Vista es incompleto y exiguo en relación a los agravios apelados, no solo falta pronunciamiento expreso respecto al fondo de la apelación, sino que tampoco existe motivación y fundamentación legal que sustenten que las apelaciones en el efecto diferido no debieran ser admitidas, describiendo las Sentencias Constitucionales N° 1369/2001-R, 0752/2002-R, 1289/2010-R y 275/2012-R y los arts. 122 de la Constitución Política del Estado, art. 17 de la Ley N° 025, art. 106 y 108 dela ley N° 439 refiere que de oficio debe ser anulado preservando el debido proceso, los derechos y garantías constitucionales, asimismo refiere que no ha sido oído conforme corresponde al art. 15 de la Ley N° 025, arts. 4, 6, 7 y 25.1 de la Ley N° 439; la resolución de segunda instancia no tiene pertinencia que describe el art. 265 del Código Procesal Civil, asimismo cita los derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la defensa e igualdad procesal
Acusa que el contenido del Auto de Vista es incompleto y exiguo en relación a los agravios apelados, no solo falta pronunciamiento expreso respecto al fondo de la apelación, sino que tampoco existe motivación y fundamentación legal que sustenten que las apelaciones en el efecto diferido no debieran ser admitidas, describiendo las Sentencias Constitucionales N° 1369/2001-R, 0752/2002-R, 1289/2010-R y 275/2012-R y los arts. 122 de la Constitución Política del Estado, art. 17 de la Ley N° 025, art. 106 y 108 dela ley N° 439 refiere que de oficio debe ser anulado preservando el debido proceso, los derechos y garantías constitucionales, asimismo refiere que no ha sido oído conforme corresponde al art. 15 de la Ley N° 025, arts. 4, 6, 7 y 25.1 de la Ley N° 439; la resolución de segunda instancia no tiene pertinencia que describe el art. 265 del Código Procesal Civil, asimismo cita los derechos al debido proceso, a la seguridad jurídica, a la legalidad, a la defensa e igualdad procesal
- Partes: Bernabé Calderón Ramos y otra. c/ Demetrio Medina Cruz
- Proceso: Usucapión
- Distrito: Chuquisaca
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada la resolución de primera instancia se pronuncia el Auto de Vista de fs
- Describe que la apelación concedida en el efecto diferido de fs
- Señala que el procedimiento de apelaciones en el efecto diferido tiene un tratamiento propio y
- II. CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Acusa violación de preceptos constitucionales y legales describiendo los arts
- Refiere que la violación consiste en la infracción de todas las normas descritas, deduciendo que
- Acusa falta de motivación y fundamentación legal de la resolución impugnada, acusa violación del art
- Acusa violación y aplicación errónea de todos y cada uno de los preceptos constitucionales y
- Refiere que la decisión impugnada conculca sus derechos y garantías constitucionales, y universales descritos en
- Por lo expuesto solicita anular el Auto de Vista y disponer que se pronuncie nueva
- De la contestación al recurso de casación de 4352 a 4354 vta
- En relación al primer punto, refiere que la intención de los recurrentes es dilatar el
- De la contestación del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre de fs. 4358 a 4360
- Señala que se debió mencionar en forma concreta y precisa en qué consiste la violación
- Al margen de ello sostiene que el presente proceso, está en cuestión bien de dominio
- III. DOCTRINA APLICABLE AL CASO
- La incorporación de la Ley Nº 439 del Código Procesal Civil describe nuevos parámetros en
- Ahora dentro del sistema de impugnación previsto en el Código Procesal civil, resulta ser difuso,
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Sobre la contestación a los recursos de casación
- Se dirá que la improcedencia del recurso radica en la naturaleza de la Resolución recurrible,
- Por lo expuesto corresponde, emitir Resolución en la forma prevista en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
