Auto Supremo AS/1063/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1063/2017

Fecha: 05-Oct-2017

Que existiría inobservaría la Ley Nº 2026, ya que debió aplicarse a su recurso de

Que existiría inobservaría la Ley Nº 2026, ya que debió aplicarse a su recurso de Alzada, ya que sustenta una Sentencia condenatoria en dos pruebas codificadas como M1.2 y MP 1.3, como se tendría en el considerando sexto, realizando el recurrente una exposición de los antecedentes y lo resuelto, para luego referir que dicha prueba debería ser excluida (MP 1.2) al no encontrarse dentro los alcances del art. 333 del CPP -sin señalar por que no se encuentra en los alcances de dicho artículo-, además constituiría una prueba referencial; y que la prueba MP 1.3 no implicaría que el menor acusado haya sido el autor de la violación; por lo que habría correspondido al Tribunal de apelación corregir el error y aplicar el principio de favorabilidad el art. 318 y no así el art. 317 de la Ley 2026