Regístrese, notifíquese y cúmplase.
Debiendo proseguirse con el trámite del recurso, conforme a ley.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
- Partes: Clemencia Ribera López. c/ Eduardo Titiboco Paz y Otros
- Proceso: Rendición de cuentas
- Distrito: Beni
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- II. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- II
- II.3.1.- DOCTRINA APLICABLE
- El parágrafo II del art
- En ese sentido, el art
- En ese contexto, respecto al plazo para recurrir de casación, este Tribunal Supremo entre otros,
- III
- Como se podrá advertir, para los plazos procesales menores a 15 días donde se halla
- Al respecto, el Art
- II.3.2.- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Por otra parte el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
