Ahora bien, de la revisión de la demanda de fs
Ahora bien, de la revisión de la demanda de fs. 18 a 20, modificada por memorial de fs. 101 a 102, se conoce que la parte actora ha incoado acción reivindicatoria y entrega de parte del lado Este y Oeste de su lote de terreno urbano en la cantidad de 44,40 m2., de superficie. Citada la parte demandada, contesta negativamente a la misma e interpone demanda reconvencional de usucapión quinquenal sobre la misma superficie demandada. Una vez que se encuentran cumplidos los requisitos señalados por ley, mediante Auto de fs. 179 vta. a 180 se establece la relación jurídica procesal de las partes, resolución que habiendo sido debidamente notificada a las partes, no ha sido impugnada por las mismas
- Proceso: Acción reivindicatoria y entrega de parte de lote de terreno
- Distrito: Beni
- II.1. En el fondo
- II.1.2. De la respuesta al recurso de casación
- III.1. Sobre la nulidad de oficio
- Respecto a lo anterior, el art
- III.2. Respecto al principio de congruencia y pertinencia que deben guardar las resoluciones judiciales
- “Consecuentemente, tanto los jueces y tribunales de segunda instancia como los de casación, al pronunciar
- Por otra parte, con relación al Principio de Congruencia, haciendo referencia a la SC Nº
- III
- Por su parte el art
- III.3. En relación al principio de eficacia
- IV. FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Ahora bien, de la revisión de la demanda de fs
- En ese antecedente, luego de sustanciada la causa, el A quo fundamentando que lo pretendido
- En dicha impugnación el referido demandado, como fundamentos de agravio expone los siguientes: “1) Acusa
- En relación a lo anterior, corresponde señalar que en observancia del principio de congruencia y
- De lo examinado podemos concluir refiriendo que el Tribunal de Alzada sobrepasó su facultad fiscalizadora,
- Por lo expuesto, corresponde fallar en la forma prevista por el art
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Sin responsabilidad por ser excusable
- En cumplimiento del art
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Rómulo Calle Mamani.
